¿Qué es la Asociación?
Es una Entidad Gremial Profesional, la única de sus características en el país, que tiene sus orígenes hacia 1909 cuando el 9 de abril de ese año se formó el Centro de Estudiantes de Kinesiterapia (tal el nombre de la Carrera que constaba de un Curso que se dictaba en la Sede de la Facultad de Medicina de la U.B.A.). Posteriormente el Centro de Estudiantes pasó a denominarse Centro de Egresados y Estudiantes hasta que en el año 1946 obtuvo la Personería Gremial Nº 28, por Resolución Nº 123/46, ratificada por Resolución Nº 862/80, del Ministerio de Trabajo. La obtención de la Personería Gremial le permitió a la Asociación, como pasó a llamarse desde entonces, ejercer funciones gremiales en representación de sus afiliados.
¿Cuál es la función gremial?
Básicamente es la de agrupar a los colegas Kinesiólogos, Kinesiólogos Fisiatras, Licenciados en Kinesiología, Terapistas Físicos y Fisioterapeutas con la finalidad de la defensa de los intereses gremiales y el perfeccionamiento de sus afiliados; ejercer el derecho a negociar colectivamente, de participar y adoptar medidas de legítima acción sindical, ejemplo : ser partícipe de paritarias (establecer salarios mínimos, condiciones laborales, etc.); tomar medidas de fuerza; intervenir en conflictos laborales; firmar convenios con otras organizaciones sindicales y/o Entidades independientes; dictar Cursos; organizar Congresos, Jornadas y demás actividades académicas; exigir el cumplimiento de la Ley de Ejercicio Profesional Nº 24.317 y su Decreto Reglamentario Nº 1288/97 (Ley que impulsó y promovió la A.A.K.); sugerir los nombres de los integrantes del Consejo Profesional de Kinesiología del Ministerio de Salud; asesorar a los afiliados en distintos temas (laborales, legales, contables, gremiales, etc.); solicitar la apertura laboral en los Servicios de Kinesiología de los Hospitales del G.C.A.B.A. y fiscalizar los Concursos para la incorporación del personal; incorporar afiliados del interior del país a través de Seccionales (porque tiene Personería de 1º Grado y afilia directamente a sus representados) y participar de una Entidad Gremial de 2º Grado (la A.A.K. forma parte de la Federación de Profesionales del G.C.A.B.A. que agrupa a diferentes organizaciones sindicales de profesionales); ejercer la representación de los profesionales kinesiólogos ante Organismos Oficiales nacionales e internacionales.
¿Cómo está conformada?
La A.A.K. tiene una Comisión Directiva compuesta por 14 miembros titulares, 2 suplentes y 6 Revisores de Cuentas (tres titulares y tres suplentes) que son elegidos por el voto directo y secreto de los afiliados. La duración de los cargos de los miembros de la Comisión Directiva es de cuatro (4) años, pudiendo ser reelectos por otro período. Para ser miembro se debe tener una antigüedad de dos años de afiliado y no contar con ningún tipo de antecedentes (penales, inhibiciones electorales, etc.). La Comisión Directiva dará cuentas de su gestión mediante una Asamblea General Ordinaria anual donde se trata el Balance, Inventario, Cuenta de Gastos y Recursos, el Informe de la Comisión Revisora de Cuentas, la Memoria del Ejercicio, fiscalizado dicho acto por la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, autoridad de contralor a la que se deben remitir todos los movimientos que se produzcan en el seno de la conducción de la Entidad.
Para tener derecho a voto el afiliado debe contar con seis (6) meses de antigüedad en tal condición y tener la cuota social paga al día del acto electoral.
¿Qué derechos y obligaciones tienen los afiliados?
Los afiliados gozan de todos los derechos que les concede el Estatuto, el cual podrán conocer solicitándolo por nota a la Comisión Directiva. Mantendrán su afiliación los:
Las obligaciones de los afiliados son :
Los afiliados podrán participar de las Asambleas Ordinarias y de las Extraordinarias (en caso de que se produjeran), como así también de las reuniones ordinarias de Comisión Directiva (solicitándolo previamente) en calidad de oyente (no tiene voz ni voto).
Si en un establecimiento laboral determinado se hallaran 2 (dos) o más afiliados a la A.A.K., éstos tendrán el derecho y la obligación de designar 2 (dos) DELEGADOS GREMIALES (1 titular y 1 suplente) ante la Comisión Directiva. Las designaciones de los Delegados se harán por Asamblea del Sector, se ratificarán por la Comisión Directiva en reunión ordinaria y se elevarán al Ministerio de Trabajo. La duración de los mandatos será por el término de dos (2) años, pudiendo reelegirse por otra Asamblea para un período similar.
¿Qué le ofrece la Asociación al afiliado?
En primera instancia, la DEFENSA GREMIAL ante cualquier inconveniente laboral que se encuadre en la atribuciones de la Entidad. El gremio cuenta con Profesionales Abogados, Contadores y Asesores Gremiales que están para evacuar dudas, asesorar y colaborar con el afiliado para subsanar los inconvenientes que se le presenten.
Ofrece la posibilidad de que el afiliado integre un Listado de Prestadores (en consultorios y domicilios) para la atención de los pacientes de Obras Sociales que hayan firmado convenio con la A.A.K.
Cuenta con una Biblioteca para consulta gratuita.
Ha concretado un CONVENIO DE TURISMO con el Sindicato de Luz y Fuerza – Capital para el usufructo de los Kinesiólogos afiliados de los Hoteles que el mencionado sindicato posee en el interior del país, con tarifas diferenciadas.
Ofrece a los afiliados un SEGURO DE RESPONSABILIDAD PROFESIONAL por Mala Praxis mediante un Contrato con "FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A." a precios menores que los de plaza y con una de las empresas más serias y prestigiosas del mercado.
Posee un CONVENIO con "SWISS MEDICAL GROUP" para el servicio de Medicina Prepaga con precios diferenciados para los afiliados (adheridos a la Federación de Profesionales del G.C.A.B.A.).
Realización de Cursos y Jornadas para Graduados y Estudiantes con descuentos en los valores de los mismos para afiliados y estudiantes de la Carrera.
Distribución gratuitaf de una Revista Científica-Gremial.